El Cabildo de Fuerteventura abre el plazo para solicitar las ayudas dirigidas a empresas y profesionales culturales

 


El Cabildo de Fuerteventura, a través de la Consejería de Cultura, ha abierto el plazo para solicitar las subvenciones dirigidas a empresas y profesionales que desarrollan actividades culturales en la Isla. El plazo se mantiene abierto hasta el próximo 29 de junio.
 
La cuantía máxima a conceder a cada proyecto será de hasta 15.000 euros, con el objetivo de apoyar el tejido cultural local. Para el consejero insular, Rayco León, es importante conceder estas ayudas, ya que entendemos el tejido productivo profesional como una herramienta fundamental para el desarrollo de la cultura en Fuerteventura, un sector que repercute, además, en la generación de empleo en la Isla.
 
De este modo, se apoyan festivales de pequeño y mediano formato, conciertos, representaciones escénicas, artísticas y culturales. 


Se cubren además proyectos audiovisuales y discográficos, además de conferencias, jornadas, talleres, cursos, ferias, muestras, exposiciones y otros proyectos creativos y literarios. Las ayudas se dirigen también a proyectos que fomenten la diversidad cultural, y otras actividades como itinerarios culturales, formación en materias artísticas y proyectos en formato digital.
 
Toda la información sobre la convocatoria puede ser consultada en la página web www.cabildofuer.es


Las solicitudes, debidamente cumplimentadas, junto con la documentación que deba acompañarla deberán presentarse a través de la Sede electrónica del Cabildo Insular de Fuerteventura: (https://sede.cabildofuer.es), telemáticamente (obligatorio para las personas jurídicas y potestativo para las personas físicas) o de forma presencial (potestativo para las personas físicas).
 
Asimismo, podrá presentarse a través de los registros electrónicos de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y por cualquiera de los medios regulados en el artículo 16.4 de la citada ley.