En Fuerteventura recuerdan que la colaboración ciudadana es fundamental en la Campaña de la Pardela Cenicienta



La Consejería de Medio Ambiente del Cabildo de Fuerteventura, que dirige Natalia Évora, lleva a cabo la Campaña de la Pardela Cenicienta con el objetivo de vigilar las poblaciones, proteger y minimizar los peligros y condiciones desfavorables que amenazan a esta especie. La costa de Fuerteventura concentra importantes zonas de nidificación de  pardelas. 

Durante la noche los pollos abandonan el nido orientados por la luna. La contaminación lumínica de las zonas urbanas los deslumbra provocándoles choques contra farolas, tendidos eléctricos e incluso atropellos. Cuando chocan, caen contra el suelo y aunque no hayan sufrido heridas, no son capaces de alzar el vuelo por sí solas. Por ello se solicita la colaboración de los ayuntamientos para que atenúen los focos de zonas deportivas y otras instalaciones públicas una vez que finalicen las actividades.

El Cabildo de Fuerteventura a través de la Unidad de Medio Ambiente, en su labor de protección y conservación de la fauna silvestre, desarrolla la Campaña de la Pardela Cenicienta (Calonectris diomedea borealis) entre los meses de septiembre y noviembre, realizando el servicio de recogida y atención a estas aves para su posterior liberación. Hasta el momento se han recogido 20 pollos de pardela en distintos puntos de Fuerteventura.

En muchas ocasiones esta labor se consigue gracias a la ayuda y cooperación entre las Administraciones Públicas y otros organismos públicos, como Protección Civil, Policía Local, Cruz Roja, entre otros, así como por la colaboración ciudadana.

Para llegar a una mayor coordinación en las diferentes actuaciones, en cuanto a la atención de pardelas accidentadas, es conveniente tener en cuenta las siguientes consideraciones:

•             Procurar no hacerle daño al ave, no estropearle el plumaje ni causarle estrés.

•             Recoger la pardela con mucho cuidado, evitando hacerle daño y que ella tampoco nos lo haga a nosotros.

•             Introducir el ave en una caja cerrada con buena ventilación y conservarla en un sitio tranquilo, evitando hacer ruido a su alrededor. El Cabildo posee cajas de cartón diseñadas para este fin. En caso de no tener, coger una caja limpia, agujerear para ventilación, poner papel en el fondo de la caja para evitar que se estropee el plumaje. 

•             No administrar ningún tipo de alimento o líquido.


Es importante ponerse en contacto de forma Urgente con la Unidad de Medio Ambiente del Cabildo Insular, para que el personal recoja al animal y se encargue de él. Los teléfonos de contacto son:

Servicio de Emergencia: 112
                Cabildo de Fuerteventura:
                Horario Laboral: 928 862 300 (Centralita)
                                                  928 861 115/928 533 427/ 928 533 602 (Medio Ambiente)

                Tardes y fines de semana: 926 86 23 22/ 676 266 165 (Centralita)

                Agentes de Medio Ambiente: 626 982 371/928 532 853

               
Es primordial que la persona que recoge al animal recopile la mayor información posible (lugar exacto y circunstancias en que fue hallado y fecha, entre otros). Si la pardela no tiene heridas graves y no se ha podido contactar con el personal del Cabildo para su recogida, se puede conservar en una caja cerrada y ventilada en una zona tranquila hasta el día siguiente, dándose aviso al personal de la Corporación insular que pasará a recogerla lo antes posible. Aunque el ave se observe en buen estado no será liberado sin la supervisión del personal de Medio Ambiente.


Hay que recordar que a nivel nacional la pardela se incluye en el Listado de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial (Real Decreto 139/2011, de 4 de febrero, para el desarrollo del listado de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial y del Catálogo Español de Especies Amenazadas (B.O.E. Nº 46, de 23/02/2011). A nivel europeo está incluida en el Anexo I de la Directiva 2009/147/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 30 de noviembre de 2009, relativa a la conservación de las aves silvestres (DOUE nº L10, 7,25, de 26 de enero de 2010).




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