Fuerteventura.- Puerto del Rosario recuerda la importancia de estar inscritos en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público
16 de abril de 2018 (17:31 h.)
Fuerteventura.- Desde la Concejalía de Contratación del Ayuntamiento de Puerto del Rosario
que dirige el Concejal Alejo
Soler , se le comunica a las
empresas la OBLIGATORIEDAD DE LA INSCRIPCIÓN EN ROLECE
(O REGISTRO EQUIVALENTE DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANARIAS ) para la
participación en el procedimiento abierto simplificado del artículo 159 de la
nueva Ley de Contratos.
Para
participar en el procedimiento abierto simplificado regulado en el artículo 159
de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector público, los
licitadores deberán estar inscritos en el Registro Oficial de Licitadores y
Empresas Clasificadas del Sector Público.
Se pueden
acordar la utilización de un procedimiento abierto simplificado en los
contratos de obras, suministros y servicios cuando se cumplan las dos
condiciones siguientes:
a) Que su valor estimado sea igual o inferior a
2.000.000 de euros en el caso de contratos de obras, y en el caso de contratos
de suministro y de servicios, que su valor estimado sea igual o inferior a
100.000 euros
b) Que
entre los criterios de adjudicación previstos en el pliego no haya ninguno
evaluable mediante juicio de valor o, de haberlos, su ponderación no supere el
veinticinco por ciento del total, salvo en el caso de que el contrato tenga por
objeto prestaciones de carácter intelectual, como los servicios de ingeniería y
arquitectura, en que su ponderación no podrá superar el cuarenta y cinco por
ciento del total.
También se puede acordar
el procedimiento simplificado abreviado en contratos de obras de valor estimado inferior a
80.000 euros, y en contratos de suministros y de servicios de valor estimado
inferior a 35.000 euros, excepto los que tengan por objeto prestaciones
de carácter intelectual a los que no será de aplicación este apartado.
Esta obligación entrará en vigor el 9 de
septiembre de 2018.
El sistema
legal de contratación pública que se establece en la presente Ley persigue
aclarar las normas vigentes, en aras de una mayor seguridad jurídica y trata de
conseguir que se utilice la contratación pública como instrumento para la participación y la de promoción de las PYMES.
Además se
advierte que el anuncio de licitación del contrato únicamente precisará de
publicación en el perfil de contratante del órgano de contratación.
El plazo
para la presentación de proposiciones no podrá ser inferior a quince días a
contar desde el siguiente a la publicación en el perfil de contratante del
anuncio de licitación. En los contratos de obras el plazo será como mínimo de
veinte días.
Para ello, la Cámara de Comercio de Fuerteventura cuenta con un servicio de
asesoramiento para realizar dicho trámite.