Jueces emiten Setencias anulando el IRPH en Hipotecas
24 de abril de 2015 (11:01 h.)
En
dichos pronunciamientos, se declaraba nulo este índice, obligando a la entidad a devolver
retroactivamente lo cobrado en concepto de interés. Cabe señalar que en uno
de los dictámenes, la cláusula se dirime como no
existente en el préstamo, por lo que éste queda exento de dicho interés.
Sin transcurrir apenas una semana, el mismo juzgado condenaba a Catalunya Caixa (Cx)
por los mismos motivos. El esclarecimiento de estas sentencias supone un hecho
demoledor para los
afectados, y quizás el principio del fin de una larga lucha, pues si sumamos estas sentencias a
las
ya conseguidas en Guadalajara, Guipúzcua
y Collado Villaba, suman en total más de 40 sentencias estimatorias. Lo cual nos
indica la igualdad de criterios en varios jueces.
La semana pasada recibian la noticia de que la solicitud enviada por
un compañero de la agrupación, Manuel García, a la Comisión Europea
con el fin de denunciar la abusividad del IRPH, al fin dio sus frutos. Se consiguió que la Comisión diera cuenta al Parlamento Europeo, y
finalmente, el IRPH fue
expuesto en Bruselas el pasado
jueves día 16 de Abril.
Tras la dura batalla judicial en nuestro país, el IRPH era por
fin
un asunto a tratar en Europa.
El elevado número de afectados en nuestro páis por
esta mala práctica bancaria, se estima que un total de 1.300.000 personas, hace que este momento de optimismo sea de vital importancia para dar difusión al máximo a la noticia.
Estimamos como un
gran avance que la Comisión Europea
haya aceptado la
solicitud y
se nos haya brindado la oportunidad de acudir al Parlamento Europeo,
algo extraordinario pero a la vez real como la misma esperanza. Asimismo, el compromiso adquirido por el
propio Parlamento Europeo de poner fin a nuestra agonía supone un verdadero hito en nuestra lucha.
El
IRPH es un índice que viene determinado por la media simple de los
tipos de interés al que las entidades financieras ofrecen y renuevan sus préstamos hipotecarios en el mes en curso.
Dicha media, debería ser ponderada tal y como se establece en nuestro ordenamiento jurídico, pues debe ser
representativo del mercado hipotecario español . Actualmente, el peso de un banco
con una cuota de mercado mínima (ofrece mínimos préstamos anuales) es el mismo que el de cualquier entidad con gran cuota de mercado (ofreciendo por
el contrario cientos de miles de préstamos anuales).
Por
tanto, la representación del mercado hipotecario actual en la determinación de dicho índice no
existe, impidiendo así que éste vea su
valor rebajado. Valoramos que esto
supone a todos los afectados estar pagando entre 200 y 300 euros más al mes.
A parte de esta vulnerabilidad del
ordenamiento jurídico, podríamos matizar otros incumplimientos a los que se ve sometido el IRPH
pero necesitaríamos de un artículo más extenso para poder explicarlo en profundidad.