Manuel Miranda considera que el apoyo de la Cotmac al Plan Hidrológico avala el trabajo que se viene haciendo desde Fuerteventura
01 de abril de 2015 (14:44 h.)
El consejero delegado de Aguas
en el Cabildo de Fuerteventura, Manuel Miranda, ha valorado la aprobación que
ayer hizo la Cotmac sobre el Plan Hidrológico de Fuerteventura, como "el
cumplimiento de un plan de trabajo que en su momento acordamos con el Gobierno
de Canarias. Ahora sólo falta que el
informe de la Cotmac se llevé próximamente al Consejo de Gobierno de
Canarias para que esté en vigor".
Los documentos que han sido
trasladados a informe de la COTMAC son los relacionados con el procedimiento
promovido para la suspensión del Plan Hidrológico Insular
vigente y la redacción de un documento supletorio a través del artículo
47 de la TRLOTENC. Lo mismo se viene haciendo en casi todas las islas. La COTMAC ya aprobó en
diciembre de 2014 la memoria ambiental
del Plan Hidrológico Insular de Fuerteventura, sin ningún tipo
de condicionantes.
"Precisamente, lo que se plantea con esta
fórmula del artículo 47 es establecer un plazo de tiempo de unos seis meses en
el que el Gobierno pueda incorporar toda la documentación ya tramitada de
cada Plan Hidrológico Insular, en un documento similar pero de
ámbito autonómico y cuya tramitación es más rápida. Así se cumpliría con los
requisitos de plazos fijados por la Unión Europea", recordó Manuel
Miranda.
Los procedimientos de suspensión que ahora se
informan en la COTMAC se vienen tramitando de forma individual para cada Isla,
pero acogiéndose a una misma fórmula: la permitida en el artículo 47 del TRLOTENC,
que establece que el Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma podrá
suspender motivadamente la vigencia de cualquier instrumento de ordenación para
su revisión o modificación, en todo o parte, tanto de su contenido como de su
ámbito territorial.
Por lo tanto, a medida que se van culminando los
procedimientos de suspensión del artículo 47, se van trasladando a la COTMAC
los documentos resultantes para su aprobación.
En el caso de Fuerteventura, la publicación que
hizo la Consejería de Obras Públicas, Transportes y Política Territorial del
Gobierno de Canarias del procedimiento abreviado fue en el BOC del 21 de enero
de 2015. Por lo tanto, hubo que esperar a que concluyera el plazo de alegaciones para que el documento
abreviado se remitiera a la COTMAC, ya con las alegaciones resueltas.
Planes Hidrológicos
Mientras se recurre al
procedimiento del artículo 47, cabe recordar que la COTMAC ya aprobó en
diciembre de 2014 la Memoria Ambiental
del Plan Hidrológico Insular de Fuerteventura (PHIF), sin ningún
tipo de condicionantes. Se tramita por lo tanto a partir de ese momento la
aprobación inicial del Plan Hidrológico Insular.
La elaboración y aprobación de este tipo de
documentos se está haciendo en las distintas islas aplicando las nuevas
directrices de ámbito europeo. Así, los nuevos planes hidrológicos ya
incorporan nuevos contenidos adicionales a los actuales, destacando entre
ellos la definición del registro de las zonas protegidas, las redes de
control, los posibles riesgos, análisis económico de los usos del agua, etc.
Los retrasos de la tramitación de estos documentos
en Canarias están relacionados con las características de la normativa
territorial autonómica (Directrices de Ordenación), que complica todo el
procedimiento al considerar a los planes hidrológicos como
'Planes Territoriales Especiales'. Esa consideración duplicaba
procedimientos y plazos. Canarias era el único territorio de todo el Estado
donde existía esa consideración como 'Planes Territoriales Especiales'. Esta
circunstancia ha variado recientemente con la modificación de la normativa
autonómica, simplificando la tramitación a partir de ahora.