Manuel Miranda considera que el apoyo de la Cotmac al Plan Hidrológico avala el trabajo que se viene haciendo desde Fuerteventura

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El consejero delegado de Aguas en el Cabildo de Fuerteventura, Manuel Miranda, ha valorado la aprobación que ayer hizo la Cotmac sobre el Plan Hidrológico de Fuerteventura, como "el cumplimiento de un plan de trabajo que en su momento acordamos con el Gobierno de Canarias. Ahora sólo falta que el  informe de la Cotmac se llevé próximamente al Consejo de Gobierno de Canarias para que esté en vigor".

Los documentos que han sido trasladados a informe de la COTMAC son los relacionados con el procedimiento promovido para la suspensión del Plan Hidrológico Insular vigente  y la redacción de un documento supletorio a través del artículo 47 de la TRLOTENC. Lo mismo se viene haciendo en  casi todas las islas. La COTMAC ya aprobó en diciembre de 2014 la memoria ambiental del Plan Hidrológico Insular de Fuerteventura, sin ningún tipo de condicionantes.

"Precisamente, lo que se plantea con esta fórmula del artículo 47 es establecer un plazo de tiempo de unos seis meses en el que el Gobierno pueda incorporar toda la documentación ya tramitada de cada Plan Hidrológico Insular, en un documento similar pero de ámbito autonómico y cuya tramitación es más rápida. Así se cumpliría con los requisitos de plazos fijados por la Unión Europea", recordó Manuel Miranda.

Los procedimientos de suspensión que ahora se informan en la COTMAC se vienen tramitando de forma individual para cada Isla, pero acogiéndose a una misma fórmula: la permitida en el artículo 47 del TRLOTENC, que establece que el Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma podrá suspender motivadamente la vigencia de cualquier instrumento de ordenación para su revisión o modificación, en todo o parte, tanto de su contenido como de su ámbito territorial.

Por lo tanto, a medida que se van culminando los procedimientos de suspensión del artículo 47, se van trasladando a la COTMAC los documentos resultantes para su aprobación.

En el caso de Fuerteventura, la publicación que hizo la Consejería de Obras Públicas, Transportes y Política Territorial del Gobierno de Canarias del procedimiento abreviado fue en el BOC del 21 de enero de 2015. Por lo tanto, hubo que esperar a que concluyera  el plazo de alegaciones para que el documento abreviado se remitiera a la COTMAC, ya con las alegaciones resueltas.

Planes Hidrológicos

Mientras se recurre al procedimiento del artículo 47, cabe recordar que la COTMAC ya aprobó en diciembre de 2014 la Memoria Ambiental del Plan Hidrológico Insular de Fuerteventura (PHIF), sin ningún tipo de condicionantes. Se tramita por lo tanto a partir de ese momento la aprobación inicial del Plan Hidrológico Insular.

La elaboración y aprobación de este tipo de documentos se está haciendo en las distintas islas aplicando las nuevas directrices de ámbito europeo. Así, los nuevos planes hidrológicos ya incorporan nuevos contenidos adicionales a los actuales,  destacando entre ellos la definición del registro de las zonas protegidas, las redes  de control, los posibles riesgos, análisis económico de los usos del agua, etc.

Los retrasos de la tramitación de estos documentos en Canarias están relacionados con las características de la normativa territorial autonómica (Directrices de Ordenación), que complica todo el procedimiento al considerar a los planes hidrológicos como 'Planes Territoriales Especiales'. Esa consideración duplicaba procedimientos y plazos. Canarias era el único territorio de todo el Estado donde existía esa consideración como 'Planes Territoriales Especiales'. Esta circunstancia ha variado recientemente con la modificación de la normativa autonómica, simplificando la tramitación a partir de ahora.