AMF y NC se oponen a que el
Ayuntamiento de Puerto del Rosario sea
quien cargue con los gastos de las obras para corregir las supuestas fugas de
la Piscina, ni que pueda tramitar expediente de contratación alguno y va a
exigir que la concesionaria abra al público la Piscina Municipal antes del 20
de junio de 2.018.
Mediante
acuerdo plenario del 19 de junio de 2.017, con el voto en contra de AMF y NCA,
se aprobó la contratación de la adjudicación de la gestión indirecta del
servicio público de la Piscina Municipal de Puerto del Rosario en la modalidad
de concesión administrativa, que comprendería la gestión integral de la
instalación deportiva y la ejecución de una serie de obras. El contrato
implicaba además que el Ayuntamiento tenga que pagar DOS MILLONES DE EUROS (100.000
€ anuales durante los 20 años de duración del contrato).
El
contrato se adjudicó a la empresa LUDE GESTIONES Y SERVICIOS SL y se firmó el
14 de septiembre de 2.017, materializándose en ese momento la entrega a la
adjudicataria de las “instalaciones deportivas de la Piscina Municipal”
El
objeto principal del contrato es la gestión integral de la Piscina Municipal y,
además, lleva aparejado la ejecución de ciertas obras. Al ser una concesión el
contrato es a riesgo y ventura del empresario quien, como responsable de la
explotación, asume todos los riesgos y todos los gastos que sean necesarios
para el correcto funcionamiento de la instalación.
Según
lo indicado en los pliegos, la Piscina Municipal deberá abrirse al público en
el plazo máximo de 4 meses desde la concesión de las licencias de obras, que en
este caso tuvo lugar por acuerdo de la Junta de Gobierno Local el 19 de febrero
de 2.018, por lo que la empresa concesionaria tiene la obligación de abrir la
Piscina al público, a más tardar, el 19 de junio de 2.018.
Al
respecto, AMF y NCA entienden lo siguiente:
1º)
Desde el 14 de septiembre de 2.017, fecha de la entrega de la Piscina, la
empresa LUDE es la que tiene que correr con cualquier gasto que se pueda
originar con el funcionamiento de la Piscina, ya que gestiona el servicio a su
riesgo y ventura.
2º)
El Ayuntamiento no puede hacerse cargo de ninguna obra que se tenga que hacer
en las instalaciones deportivas.
3º)
La concesionaria tiene la obligación de abrir al público la Piscina Municipal
antes del 20 de junio de 2.018.
4º)
Si la concesionaria no cumple esta obligación esencial el Ayuntamiento tiene la
obligación de exigir las responsabilidades oportunas, bien imponiendo las
sanciones correspondientes, bien resolviendo el contrato, quedándose con la
fianza.
La gestión que ha hecho hasta la fecha el
Ayuntamiento con la Piscina Municipal nos ha supuesto un perjuicio de más de un
millón de euros (entre obras, indemnizaciones y falta de cobro del canon, etc),
a lo que tenemos que sumar los dos millones de euros que tendremos que pagar
porque la concesionaria explote la Piscina.
AMF
y NCA no estamos dispuestas a que los vecinos de Puerto del Rosario tengan que
seguir pagando la incompetencia de nuestros gestores, por lo que anunciamos que
nos opondremos por todos los medios posibles a que el Ayuntamiento asume los
costes de las reparaciones de la Piscina, recurriremos cualquier expediente que
pretenda que el Ayuntamiento contrate obras mientras esté vigente la concesión
y, en su caso, lo denunciaremos ante la Fiscalía como un posible delito de malversación
de caudales públicos, exigiremos que la Piscina Municipal se abra al público
antes del 20 de junio de 2.018, es decir, el cumplimiento de los plazos
esenciales del contrato y, si se incumpliera esta obligación esencial,
propondríamos al Ayuntamiento que se resuelva la concesión.