Este próximo viernes día 7 de enero de 2011 comienza el periodo de rebajas de invierno en Fuerteventura, según informó la Oficina Insular de Información al Consumidor y el Usuario (OIICU), dependiente de la Consejería de Asuntos Sociales, Sanidad Consumo, Vivienda e Inmigración del Cabildo de Fuerteventura que dirige Víctor Alonso.
Este periodo se extenderá, tal y como establece la Orden de Consumo que publica el Gobierno de Canarias en el BOC, hasta el día 6 de marzo de este mismo año, mientras que las rebajas de verano tendrán lugar en la Isla majorera entre los días 1 de julio y 31 de agosto, ambos inclusive.
Esta misma orden establece también los nueve domingos y festivos en que podrán permanecer abiertos al público los comercios en Fuerteventura este año (2 de enero, 21 de abril, 30 de mayo, 15 de agosto, 12 de octubre, 1 de noviembre y 8, 18 y 26 de diciembre de 2011).
Quedarían al margen de estas limitaciones determinados establecimientos de venta de productos de primera necesidad, los situados en puntos fronterizos e instalaciones de transportes, establecimientos situados en zonas de gran afluencia turística, u otros comercios según su ubicación o superficie que se detallan en la Orden.
Con el objetivo de informar a la población sobre sus derechos en materia de Consumo y facilitarles la realización de sus compras de forma segura, saludable y sostenible durante las rebajas, la OIICU ofrece las siguientes recomendaciones:
· Enumerar todo lo que se necesita realmente: ropa, calzado, electrodomésticos… fijar un presupuesto e intentar ajustarse todo lo posible a lo planeado.
· Evitar las compras impulsivas y los productos que no tengan una gran utilidad.
· En el uso de la tarjeta de crédito, establecer un límite razonable en las compras para poder hacer frente a las mensualidades posteriores. Los créditos rápidos no son aconsejables por su elevado tipo de interés.
· Las etiquetas deben indicar la rebaja, y así poder comparar el precio anterior y el rebajado, o bien el porcentaje de descuento. Además, la etiqueta debe constar siempre, al menos, en castellano.
· Comprobar que la calidad es la misma y que se trata de los mismos productos que se encontraban a la venta antes del comienzo de las rebajas. Los saldos y liquidaciones no pueden ser enmascarados como rebajas.
· Si no se prueba las prendas, antes de pagarlas informarse sobre la posibilidad de cambiarlas y de los plazos y condiciones para el cambio o devolución. Los establecimientos no están obligados ni a cambiar ni a reembolsar el dinero en productos en perfecto estado, salvo que lo hayan ofertado.
· Guardar comprobantes de pago. El ticket debe contener el nombre del producto, la fecha de compra, el precio y el nombre y C.I.F. del establecimiento.
La OIICU informa también sobre de los domingos y festivos en los que podrán permanecer abiertos los comercios para el 2011:
De acuerdo a la ORDEN de 13 de diciembre de 2010, publicada en el Boletín Oficial de Canarias del 22 de diciembre, los nueve domingos y festivos en los que podrán permanecer abiertos al público los comercios, en Fuerteventura, para el año 2011, son los siguientes: 2 de enero, 21 de abril, 30 de mayo, 15 de agosto, 12 de octubre, 1 de noviembre, 8, 18 y 26 de diciembre de 2011.
Se recuerda que tendrán plena libertad para determinar los días y horas en que permanecerán abiertos al público:
· Los establecimientos de venta de pastelería y repostería, pan, platos preparados, prensa, combustibles y carburantes, floristerías y plantas, y las denominadas tiendas de conveniencia, así como las instaladas en puntos fronterizos, en estaciones y medios de transporte terrestre, marítimo y aéreo.
· Establecimientos situados en zonas de gran afluencia turística:
Antigua: Caleta de Fuste, Nuevo Horizonte. (ORDEN de 7 de abril de 1998).
La Oliva: Corralejo (ORDEN de 14 de junio de 1995); Parque Holandés (ORDEN de 7 de abril de 1998); el Cotillo (ORDEN de 19 de enero de 2000).
Betancuria: Casco histórico, La calle Coronel en el Valle de Santa Inés, La calle San Sebastián en la Vega de Río Palmas. (ORDEN de 7 de abril de 1998).
Pájara: Morro Jable, Solana del Matorral (ORDEN de 20 de julio de 1994); Ezquinzo, Tierra Dorada, Piedras Caídas, Costa Calma, La Pared, Playa Barca, La Lajita, Casco urbano de Pájara. (ORDEN de 7 de abril de 1998).
· Los establecimientos de venta que dispongan de una superficie útil para la exposición y venta al público inferior a 300 metros cuadrados, excluidos los que pertenecen a grupos de distribución u operen bajo el mismo nombre comercial de aquéllos.
· Los establecimientos comerciales ubicados en aquellas zonas en donde se celebren tradicionalmente ferias y mercados de marcado carácter tradicional, podrán permanecer abiertos los domingos y días festivos que coincidan con tales celebraciones, previa autorización del Ayuntamiento correspondiente.
DECRETO 201/2002, de 20 de diciembre, por el que se establece la regulación de horarios comerciales en la Comunidad Autónoma de Canarias y LEY 1/2004, de 21 de diciembre, de Horarios Comerciales.