En Fuerteventura El Partido Popular pone en marcha una campaña de información ciudadana sobre la inscripción censal

De cara a los comicios del próximos 22 de mayo, el Partido Popular de Fuerteventura ha puesto en marcha una campaña de información ciudadana a cerca de la inscripción censal para las personas que residen en la Isla y tienen derecho a votar. 



     La información está dirigida a ciudadanos españoles, comunitarios de los estados miembros de la Unión Europea y extracomunitarios de aquellos países con acuerdos que permiten votar en España a ciudadanos de diferentes naciones. 

     En las elecciones municipales del 22 de mayo de 2011 podrán votar, además de los ciudadanos españoles y los ciudadanos de la Unión Europea, no españoles, residentes en España, los ciudadanos de Bolivia, Cabo Verde, Chile, Colombia, Ecuador, Islandia, Noruega, Nueva Zelanda, Paraguay y Perú. 

     En lo relativo a ciudadanos españoles, el censo electoral vigente para una elección es el cerrado el día primero del mes anterior al de la fecha de su convocatoria, en este caso el 4 de abril, con las inscripciones de quienes tengan la mayoría de edad el día de la votación. 

     El censo electoral es permanente y su actualización es mensual. Los electores pueden presentar reclamaciones al censo electoral en cualquier momento. Por lo que se aconseja personarse en su Ayuntamiento y realizar la pertinente consulta y/o reclamación. 

     Los ciudadanos de la Unión Europea, no españoles, residentes en España, pueden votar en las elecciones municipales si previamente se han inscrito en el censo electoral y son mayores de edad el día de la votación. 

     Para la inscripción en el censo electoral se requiere la inscripción en el Padrón Municipal y una declaración formal de ejercer el derecho de sufragio en España en las elecciones municipales. 

     Aquellos ciudadanos que hayan recibido comunicación de la Oficina del Censo Electoral, se sugiere que contesten lo antes posible para poder ejercer su derecho. En el caso de no haber realizado con anterioridad la declaración formal de votar en España en las elecciones municipales y a finales de octubre de 2010 no hayan recibido la citada comunicación, deben consultar en su Ayuntamiento o en la Delegación Provincial de la Oficina del Censo Electoral. Para figurar en el censo es requisito indispensable, para poder votar, estar inscrito en el censo electoral de las elecciones municipales previa solicitud del interesado antes del 31 de enero de 2011. 
     En el caso de los ciudadanos extranjeros extracomunitarios de los países con acuerdo (Colombia, Perú, Bolivia, Cabo Verde, Chile, Ecuador, Paraguay, Islandia, Nueva Zelanda y Noruega), es requisito indispensable, para poder votar, estar inscrito en el censo electoral de las elecciones municipales previa solicitud del interesado antes del 25 de enero de 2011. 

     Los nacionales de estos países residentes en España pueden acudir al Ayuntamiento de su municipio de residencia y solicitar un impreso de inscripción en el censo electoral para las elecciones municipales del 22 de mayo de 2011, que deberá ser cumplimentado en todos sus apartados y firmado. 

     La identificación de los interesados será realizada con la tarjeta de identidad de extranjero debiéndose adjuntar 2 fotocopias de la misma, excepto los ciudadanos noruegos e islandeses que podrán acreditar su identidad también con el documento nacional de identidad o pasaporte de su país de origen. El tiempo de residencia legal en España requerido se deberá justificar con un certificado de residencia, expedido por la Comisaría de Policía, cuando no se pueda deducir de los datos de la fotocopia de la tarjeta de identidad de extranjero. 

     La Oficina del Censo Electoral tiene habilitado un teléfono de información, el 901 101 900.