El
Cabildo, a través de su Consejería de Caza, que dirige Andrés Díaz
Matoso, abrirá el período hábil para la práctica de la caza menor
a partir del próximo 7 de agosto. La caza del conejo, ardilla moruna
y animales asilvestrados con perro de pelo y hurón estará permitida
todos los domingos desde el 7 de agosto hasta el 30 de octubre, así
como el miércoles 12 de octubre.
Por
su parte, el período para la caza de la perdiz moruna, la paloma
bravía, la ardilla moruna y los animales asilvestrados con perro de
pluma y escopeta o arco incluye todos los domingos desde el 11 de
septiembre hasta el 6 de noviembre, el miércoles 12 de octubre y el
jueves 27 de octubre.
La
caza de todas las especies permanecerá prohibida en la Madre del
Agua y los refugios de caza de La Laguna de Tesjuate, Castillo de
Lara, Costa Calma, Lajares y en los parques naturales de Las Dunas de
Corralejo, Isla de Lobos y en todos los campos de entrenamiento,
excepto aquellos destinados a perros perdiceros (Malpaís Grande y
coto de los Camachos).
En
la finca denominada Cercado del Jarde, en Antigua, se autoriza
únicamente la caza de conejo con perro y hurón, dentro de las
fechas establecidas.
La
Consejería de Caza establece otras normas para la práctica de la
caza, autorizando un máximo de dos hurones por cazador y seis por
cuadrilla con licencia de la clase C. Por otro lado, el límite para
la caza con perro es de cuatro perros por cazador y 10 por cuadrilla.
En la modalidad de tiro con arco se permite un perro por cazador.
Asimismo,
los cazadores que practiquen la caza tanto individualmente como en
cuadrilla, no podrán usar perros podencos y perros de pluma
conjuntamente, debiendo decidir según la modalidad de caza que
practiquen, el uso exclusivo de cada uno de ellos. Además, el
entrenamiento de perros de pluma estará permitido los días hábiles
para perro de pelo y hurón.
Además,
las cuadrillas deberán estar formadas por un mínimo de tres y un
máximo de cinco cazadores. En la modalidad de caza con arco se
autoriza un máximo de tres cazadores por cuadrilla.
En
lo referente al número de piezas capturadas por cazador y día, se
autoriza un máximo de cuatro piezas capturadas, entre conejos o
perdices morunas y 50 palomas bravías. El límite para las
cuadrillas es de 15 perdices, 10 conejos y 70 palomas bravías por
día; mientras que en la modalidad de caza con arco se autorizan un
máximo de ocho piezas por cuadrilla.