Fuerteventura abre el período para la caza menor a partir del 7 de agosto 2016

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El Cabildo, a través de su Consejería de Caza, que dirige Andrés Díaz Matoso, abrirá el período hábil para la práctica de la caza menor a partir del próximo 7 de agosto. La caza del conejo, ardilla moruna y animales asilvestrados con perro de pelo y hurón estará permitida todos los domingos desde el 7 de agosto hasta el 30 de octubre, así como el miércoles 12 de octubre.

Por su parte, el período para la caza de la perdiz moruna, la paloma bravía, la ardilla moruna y los animales asilvestrados con perro de pluma y escopeta o arco incluye todos los domingos desde el 11 de septiembre hasta el 6 de noviembre, el miércoles 12 de octubre y el jueves 27 de octubre.

La caza de todas las especies permanecerá prohibida en la Madre del Agua y los refugios de caza de La Laguna de Tesjuate, Castillo de Lara, Costa Calma, Lajares y en los parques naturales de Las Dunas de Corralejo, Isla de Lobos y en todos los campos de entrenamiento, excepto aquellos destinados a perros perdiceros (Malpaís Grande y coto de los Camachos).

En la finca denominada Cercado del Jarde, en Antigua, se autoriza únicamente la caza de conejo con perro y hurón, dentro de las fechas establecidas.

La Consejería de Caza establece otras normas para la práctica de la caza, autorizando un máximo de dos hurones por cazador y seis por cuadrilla con licencia de la clase C. Por otro lado, el límite para la caza con perro es de cuatro perros por cazador y 10 por cuadrilla. En la modalidad de tiro con arco se permite un perro por cazador.

Asimismo, los cazadores que practiquen la caza tanto individualmente como en cuadrilla, no podrán usar perros podencos y perros de pluma conjuntamente, debiendo decidir según la modalidad de caza que practiquen, el uso exclusivo de cada uno de ellos. Además, el entrenamiento de perros de pluma estará permitido los días hábiles para perro de pelo y hurón.

Además, las cuadrillas deberán estar formadas por un mínimo de tres y un máximo de cinco cazadores. En la modalidad de caza con arco se autoriza un máximo de tres cazadores por cuadrilla.


En lo referente al número de piezas capturadas por cazador y día, se autoriza un máximo de cuatro piezas capturadas, entre conejos o perdices morunas y 50 palomas bravías. El límite para las cuadrillas es de 15 perdices, 10 conejos y 70 palomas bravías por día; mientras que en la modalidad de caza con arco se autorizan un máximo de ocho piezas por cuadrilla.