Fuerteventura.- El periodo de solicitud será los días 23 y 24 de mayo para los residentes, y a partir del día 28 de mayo para todos los solicitantes
La Oliva, a 20 de mayo de 2019. El Ayuntamiento de La Oliva informa que el periodo de acampada en el municipio, para el presente año de 2019, se extenderá del 29 de mayo al 29 de septiembre, únicamente en las zonas habilitadas donde el ayuntamiento presta servicio.
El Ayuntamiento de La Oliva recuerda la importancia de conocer y respetar las normas en las zonas de acampada donde la institución presta servicio, así como en todo el dominio público marítimo terrestre.
El concejal de Medio Ambiente y de Seguridad Ciudadana, Oliver González, recordó que el pago de la fianza se ha suprimido para agilizar el procedimiento y facilitar el uso de las zonas habilitadas, y que la Policía Local realizará labores de vigilancia tanto en las zonas de acampada y también en el resto del litoral.
Periodos de acampada y de solicitud
- Periodo de acampada: Del miércoles 29 de mayo (desde las 14:00 horas) al domingo 29 de septiembre de 2019.
- Fecha de solicitudes: Días 23 y 24 de mayo para residentes en el municipio. Para el resto de solicitantes, desde el martes 28 de mayo y durante todo el periodo habilitado.
Zonas habilitadas
Se recuerda a los solicitantes y al resto de usuarios del litoral que los únicos espacios habilitados para realizar la actividad de acampada en el municipio son las cuatro zonas donde el Ayuntamiento de La Oliva presta servicios.
Tres de ellas, Caleta Beatriz, Punta Blanca y Mariría o María Díaz, se encuentran en la costa norte, entre el Faro del Tostón de El Cotillo y Majanicho. La cuarta zona está en la costa este, en La Caleta.
Más información y solicitudes
Toda la información y los formularios para formalizar esta solicitud se encuentran disponibles en la web municipal, www.laoliva.es, en el apartado de Trámites y Documentación. Enlace a 'Trámites y Documentación':
https://laoliva.es/resultado/
Una vez cumplimentada la solicitud, los interesados podrán presentarla junto al resto de documentación en las oficinas de la Concejalía de Medio Ambiente del Ayuntamiento (c/ Emilio Castellot, 2, La Oliva), o a través de correo electrónico a la dirección [email protected].
Para más información, contactar con este departamento en el teléfono 928861904 (ext. 205).
Normas
En las cuatro zonas donde el Ayuntamiento presta servicios:
Se recuerda que queda terminantemente prohibido el vertido de sustancias o productos contaminantes tanto en espacio marítimo como terrestre. Además, es obligatorio que todas las instalaciones (autocaravanas, caravanas y casetas) estén provistas de baños químicos que serán periódicamente vaciados en una cuba de aguas residuales del Ayuntamiento de La Oliva. La institución también reforzará el servicio recogida de residuos.
Fuera de las zonas habilitadas:
Ayuntamiento de La Oliva recuerda que la actividad de acampada no está autorizada en el municipio más allá de las zonas habilitadas, e informa del dispositivo de vigilancia que realizará la Unidad de Medio Ambiente de la Policía Local durante las fechas autorizadas.
Se informa a los usuarios del litoral que en el dominio público marítimo terrestre (señalización DPMT) confluyen una serie de normas como la Ley de Costas, la Ley del Territorio de Canarias y la Ordenanza Municipal del Uso de Playas, y que la ocupación de este espacio puede conllevar la interposición de denuncias por parte del cuerpo policial municipal (con sanciones de hasta 1.500 euros), así como por otras entidades con competencias en la materia, como la Demarcación de Costas o el Servicio de Protección a la Naturaleza (SEPRONA) de la Guardia Civil.
En lo respectivo a la Ordenanza Municipal de Playas, la norma recoge específicamente en su Capítulo V, 'De las acampadas, circulación de vehículos y estacionamiento en las playas', la prohibición "de estacionamiento y circulación de vehículos en las playas" y de " campamentos y acampadas de cualquier índole o duración en todas las playas del litoral marítimo de La Oliva", entendiendo por acampada "la instalación de tiendas de campaña, vehículos o remolques habitables, toldos, estructuras de lona, y demás habitáculos".
Estas normas son extensivas a la zona de dominio público marítimo terrestre, zona de servidumbre y cualquier otra vía de acceso a la playa o la costa.
En lo respectivo a las caravanas y autocaravanas, desde la UMA (Unidad de Medio Ambiente) de la Policía Local se recuerda que no está permitido su estacionamiento con calzos o estabilizadores, así como la colocación de mesas sillas o cualquier otro objeto en la zona de dominio público (zona de servidumbre zona de tránsito), excepto en la zona que el Ayuntamiento determine como autorizada para la realización de la acampada.
Además, está prohibida la presencia de perros en las playas, excepto en aquellas donde de manera expresa si está permitida.