Fuerteventura.- Unidas Podemos Antigua denuncia la NO convocatoria en tiempo y forma al concejal José Antonio Ramos

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  • El grupo de la formación morada pedirá la nulidad del pleno realizado el pasado lunes sin convocatoria alguna al concejal electo
El Concejal de Unidas Podemos en Antigua, José Antonio Ramos, pedirá junto a su partido la nulidad del pleno efectuado el pasado lunes acogiéndose a la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (LEPAC) donde especifica que es responsabilidad de la secretaría hacer llegar la convocatoria a todas las concejales.

La formación reclama que elartículo 41.1 de la LEPAC especifica que la comunicación de los plenos y envío de documentación a las concejales ha de ser preferentemente por sede electrónica y basandose en elartículo 115 de la ley de régimen Local (funcionamiento ayuntamientos), especifica “cuando la corporación o sus organismos dependientes aprueben modelos normalizados de solicitudes”, -hecho que no ha podido ocurrir por la actual corporación ya que precisamente el Pleno que no se convocó fue el de constitución del Ayuntamiento- Afirma el Secretario general de la formación, Pau Quiles.

Además, la Ley especifica que en caso de no disponer de posibilidad de acceder a medios electrónicos o como ha ocurrido, simplemente no informar al Concejal de esta peculiaridad para informarse de las convocatorias, este apartado dice así: “Por consiguiente, la práctica de la notificación de la convocatoria de estas sesiones deberá seguirse haciendo en papel, conforme indica el artículo 42.2 de la LEPAC.”

-Acogiéndonos a la LEPAC, 2.1.1 anexo 1. “Pues si tal convocatoria no llegara en tiempo y forma a estos concejales, se podría originar la nulidad de la sesión…” y también al Art. 124 Actos nulos: “Por aplicación de la legislación básica de procedimiento común se consideran nulos de Pleno derecho, en todo caso, los siguientes actos y acuerdos a) Los acuerdos plenarios adoptados sin haberse notificado en forma la convocatoria u orden del día a todos sus miembros…” hemos iniciado los trámites jurídicos oportunos para averiguar si la convocatoria del Pleno se ajusta a Derecho. - Sentencia Ramos