Psoe de Fuerteventura Hace Propuesta de Resolución Para una (Posible) Reforma Electoral

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Antecedentes 

 Desde comienzos de la etapa democrática, en la España de las Autonomías, surgida de la Constitución de 1978, la única comunidad autónoma, donde jamás ninguna fuerza política haya obtenido mayoría absoluta parlamentaria para gobernar es, precisamente, Canarias, debido, sin duda, al injusto y caduco sistema electoral establecido, en su momento. Actualmente, el Parlamento de Canarias, cuenta con 60 parlamentarios, entre sus diputadas y diputados.

Actualmente, los diversos grupos parlamentarios, intentan buscar fórmulas, a ser posible consensuadas y - esperemos que sin menoscabo de la representación correspondiente a las islas periféricas - con la intención, según se dice, de aprobar una nueva Ley de REFORMA ELECTORAL mucho más representativa a la realidad de nuestro Archipiélago. Incluso, por parte de determinados sectores, ya se habla de primar el factor poblacional de las dos islas capitalinas en detrimento del resto; algo que no es del agrado de las islas periféricas, puesto que, por citar un ejemplo, en comunidades, como el País Vasco, a pesar de que la provincia de Vizcaya, tenga casi tanta población como las dos provincias restantes (Guipúzcoa y Álava), la representación parlamentaria está establecida en 25 diputados o diputadas para cada una de las 3 provincias vascas. Y, allí, sí que ha habido mayorías absolutas.

En el ámbito de nuestro Estatuto de Autonomía, la composición de escaños, está establecida de forma paritaria; es decir, que el número de diputados de las islas periféricas, en ambas provincias, es igual al de las dos islas capitalinas. Así tenemos que, a la provincia de Las Palmas, le corresponden 30 diputados (15, por Gran Canaria; 8, por Lanzarote y 7, por Fuerteventura). Y, e cuanto a la provincia de Tenerife, los restantes 30 escaños, quedan distribuidos de la siguiente manera: 15, para Tenerife; 8, para La Palma; 4, para la Gomera y 3, para El Hierro. O sea, 30 escaños para la provincia de Tenerife y otros 30 para la de Las Palmas (Conviene puntualizar, a propósito, que, la isla de Fuerteventura, teniendo unos 25 mil habitantes más que la isla de La Palma, tiene un escaño menos. Por consiguiente, hay un desfase considerable de representatividad poblacional…).

En las pasadas elecciones del 24-M, y a tenor de los resultados obtenidos al Parlamento de Canarias, el reparto de los 60 escaños, quedó como sigue:

 1º.-. PSOE…………… 181.000 votos (19,90%) Encabezaba Patricia Hernández……15 diputados

2º.- PP……….......... 169.100 votos (18,60%) Encabezaba Australia Navarro……..12 diputados

3º.- CC-PNC…………. 165.500 votos (18,20%) Encabezaba Fernando Clavijo………18 diputados

4º.- PODEMOS………..132.200 votos (14,55%) Encabezaba Noemí Santana…………..7 diputados

5º.- NCA………………. 93.200 votos (10,25%) Encabezaba Román Rodríguez……….5 diputados

6º.- C´S………………. 54.000 votos (05,95%) Encabezaba Melisa Rodríguez…………0 diputados

7º.- UNIDOS G.C…….. 32.500 votos (03,60%) Encabezaba JM. Bravo de Laguna……0 diputados

8º.- IU-UP……………. 20.500 votos (02,25%) Encabezaba Ramón Trujillo…………..0 diputados

9º.- . ASG………………. 5.090 votos (00,56%) Encabezaba Casimiro Curbelo…………3 diputados

Como se aprecia, según la distribución de escaños, producto de la actual Ley Electoral, ¡¡la 3ª fuerza política de Canarias!! (CC-PNC), obtiene más escaños que el PSOE (1ª fuerza política, en Canarias, encabezada por Patricia Hernández ) y, también, más que el PP (2ª fuerza política) y, por ende, la 3ª, consigue ni más ni menos que la Presidencia del Gobierno, merced a un pacto con el PSC-PSOE; mientras que, por el contrario, la 2ª fuerza política (PP) quedaría relegada a la 3ª plaza, sólo con 12 escaños, a pesar, también, como se indica, de haber obtenido más votos que la coalición gobernante CC-PNC. Y así, sucesivamente, legislatura tras legislatura, lo que supone, sin duda, toda una aberración del actual sistema electoral canario, obsoleto a más no poder...

Es por ello que, en base los antecedentes expuestos, y a fin de hacer alguna que otra aportación para una - posible - REFORMA ELECTORAL, con la modificación puntual del articulado del Estatuto de Autonomía, si así fuere preciso, se presenta la siguiente

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN

Una REFORMA ELECTORAL, en Canarias, con ciertas garantías de éxito, y por cuanto se refiere al Parlamento de Canarias, en donde reside la soberanía popular de la ciudadanía canaria, debería ir enfocada a:

PRIMERO.- En vez de los 60 actuales, el número de diputados y diputadas, en el Parlamento de Canarias, debería reducirse a 56, debiendo permanecer, por supuesto, la triple paridad entre las islas capitalinas y las periféricas, así como entre ambas provincias, por cuanto al número de parlamentarios se refiere. Por consiguiente, la distribución de escaños, podría llevarse a cabo de la siguiente manera: Gran Canaria (14), Lanzarote (7), Fuerteventura (7), Tenerife (14), La Palma (7), La Gomera (4) y El Hierro (3). Es decir, 28 parlamentarios para la provincia de Las Palmas y otros 28 para la provincia de Tenerife. (14 _14. para la provincia de Las Palmas y otros 14 _14 para la provincia de Tenerife).

SEGUNDO.- Se procedería, a su vez, a establecer un sistema de elección a DOBLE VUELTA, teniendo en cuenta los resultados totales, obtenidos, en una PRIMERA VUELTA, por cada partido político o coalición, en la circunscripción de Canarias; para lo cual, las distintas fuerzas políticas, que aspiren a obtener la Presidencia del Gobierno, estarán obligadas a presentar candidaturas, al Parlamento de Canarias, en las siete circunscripciones insulares, indicando, al efecto, quien sería el candidato o candidata a la Presidencia.

TERCERO.- Asimismo, 2 ò 3 semanas posteriores a la PRIMERA VUELTA, en el supuesto de que ninguna fuerza política y su candidato obtuviera la mayoría absoluta (29 escaños o más), se procedería a una SEGUNDA VUELTA; en este caso, sólo entre los dos candidatos o candidatas que hubieran encabezado las listas más votadas, en Canarias. A la candidatura o partido ganador - en esta SEGUNDA VUELTA -, se le asignaría, la mayoría absoluta de 30 escaños, entresacados de su propia candidatura al Parlamento de Canarias, en su PRIMERA VUELTA .

CUARTO.- Al candidato o candidata más votado, en una SEGUNDA VUELTA, como se indica, se le atribuirían, de las listas de su propio partido en su PRIMERA VUELTA, los 30 escaños, repartidos por islas; de tal forma que, en las circunscripciones insulares, con un número impar de diputados, se aportaría la mitad más uno de los mismos a la nueva mayoría de gobierno, y, en las que contaran con diputados pares, se aportaría, a dicha mayoría, la mitad de sus escaños. En tal caso, la mayoría parlamentaria de 30 escaños, quedaría establecida de la siguiente manera: Gran Canaria (7), Tenerife (7), Lanzarote (4), La Palma (4), Fuerteventura (4), La Gomera (2) y El Hierro (2).


Evidentemente, el candidato o candidata a la Presidencia ocuparía el escaño correspondiente a la circunscripción (isla) por la que se hubiera presentado y encabezado, en su PRIMERA VUELTA. El resto de los escaños, se repartirían, por el sistema actual o proporcional, y sin límites porcentuales, a los partidos o coaliciones que conformarían la oposición parlamentaria, según los resultados obtenidos en su PRIMERA VUELTA y, una vez deducidos los parlamentarios atribuidos a la candidatura que obtuviera la Presidencia, en una SEGUNDA VUELTA. Es decir, que quedarían fuera de la distribución los diputados, ya asignados, a la candidatura y al candidato del partido más votado, que es el que, como se indica, contaría con la mayoría absoluta de 30 escaños, en la Cámara Regional. De tal forma, que los 26 diputados restantes, quedarían distribuidos de la siguiente forma: Gran Canaria (7), Lanzarote (3), Fuerteventura (3), Tenerife (7), La Palma (3), Gomera (2) y El Hierro (1).

Con esta propuesta de modificación del sistema electoral, en el Parlamento de Canarias, se conseguiría, entre otras, las siguientes mejoras:

− Estabilidad parlamentaria para legislar, así como también un apoyo mayoritario al Gobierno que se constituya, al contar con el respaldo de la mayoría absoluta de 30 escaños. Es decir, con 4 escaños más que la oposición en su conjunto.

− Que siempre gobernaría el candidato o candidata más votado, en Canarias, al contar con el respaldo mayoritario del partido o coalición ganadores.

− Se evitaría, también, que cualquier grupo parlamentario, con escasa representación política, pudiera decidir un Gobierno.

− En cuanto a las atribuciones correspondientes a un nuevo Ejecutivo canario, con mayoría absoluta, el quórum para aprobar determinadas leyes y demás, sería fijado por el Parlamento y, así, se contemplaría en el Estatuto de Autonomía.

− Y, además de reducir el número de escaños, en la Cámara Regional, lo cual resultaría más económico y operativo, se seguiría manteniendo la representación paritaria entre las islas periféricas y las capitalinas.

− En Fuerteventura, a 7 de julio de 2016.

MIEMBRO DEL COMITÉ INSULAR DEL PSC-PSOE Fdo/. Eustaquio Juan Santana Gil.-