Puerto del Rosario pone consulta pública previa las bonificaciones en el impuesto de plusvalía municipal

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·        Las modificaciones de la Ordenanza Reguladora del Impuesto del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (plusvalía) estarán en exposición pública previa para que todas las personas, organizaciones y colectivos, puedan hacer sus alegaciones en el plazo de 20 días hábiles.
 
 
En Puerto del Rosario, a 21 de julio de 2022.-  El Ayuntamiento de Puerto del Rosario, a través de la Concejalía de Economía y Hacienda, que dirige Juan Manuel Verdugo, ha puesto a disposición de la ciudadanía, mediante el instrumento legal de la consulta pública previa, para que todas las personas, organizaciones y colectivos, puedan hacer las aportaciones pertinentes a las modificaciones de la Ordenanza Reguladora del Impuesto del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (plusvalía), en el plazo de 20 días hábiles contando desde hoy.
 
Específicamente, se han acometido una serie de modificaciones y cambios de la presente Ordenanza Reguladora del Impuesto del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (plusvalía), que van introducir bonificaciones y rebajas fiscales en ciertos escenarios, en función del valor catastral del terreno, dándole especialmente importancia a los grupos poblacionales vulnerables, teniendo en cuenta los tramos catastrales.
 
Cuando el incremento del valor se manifieste en las transmisiones de terrenos o la constitución de derechos reales de goce limitativos del dominio realizadas a título lucrativo por causa de muerte a favor de los descendientes o personas adoptadas, sus ascendientes o adoptantes podrán solicitar la aplicación de las siguientes bonificaciones en función de los siguientes tramos de valor catastral del suelo del inmueble:


-          Igual o inferior a 60.000 euros: 70%.


-          Superior a 60.00 euros y no excede de 100.000 euros: 60%.


-          Superior a 100.000 euros y no excede de 138.000 euros: 50%.


-          Superior a 138.000 euros: 15%.
 
También, tendrán una bonificación del 95% del importe de la cuota íntegra del Impuesto las transmisiones de terrenos y la transmisión o constitución de derechos reales de goce limitativos del dominio que afecten al domicilio habitual de: pensionistas que perciban su pensión de un organismo público español, desempleados/as, inscritos/as como demandante de empleo, menor de 30 años, personas con discapacidad (igual o superior al 33%) y víctimas de violencia de género.
 
El alcalde del municipio, Juan Jiménez, ha explicado que “la modificación sobre el impuesto de plusvalía municipal, que grava el incremento de valor de los terrenos de naturaleza urbana durante el tiempo en el que se tiene en propiedad y que se paga cuando se vende o recibe en herencia o donación, viene adaptarse y a tener en cuenta las diferentes situaciones que tienen las personas, durante estos procesos, tenerlos en cuenta es de justicia social y más en estos tiempos inflacionarios”.
 
Para el concejal de Economía y Hacienda, Juan Manuel Verdugo, ha apuntado que “entre  los principales motivos de la modificación de la Ordenanza está el dar unidad en la normativa del impuesto, cumpliendo con el principio de capacidad económica, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, además de contemplar distintos escenarios en los que se puede encontrar una persona y que en ocasiones le puede hacer muy difícil pagar el impuesto”, añade.